viernes, 23 de abril de 2010

CUIDADO CON LOS CORREOS DEL "SAT"

El Servicio de Administración Tributaria informa a todos los contribuyentes que se ha detectado un correo falso emitido desde info@taxrefund2010.com.mx, dirección electrónica que NO pertenece al Servicio de Administración Tributaria (SAT), ni a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ni a la Secretaría de Economía (SE).

Este correo remite a un formulario en el cual se le solicita una serie de datos generales, además de los de alguna tarjeta de crédito; para devolverle un supuesto saldo a favor.

Le recordamos que la única manera para recibir la devolución de impuestos es presentando su Declaración Anual.Los remitentes apócrifos que se han detectado son:
· info@taxrefund2010.com.mx

Estos correos tampoco pertenecen al SAT ni a la SHCP. Recuerde que el SAT no distribuye software, no solicita ejecutar o guardar un archivo, ni requiere información personal, claves o contraseñas por correo electrónico. En caso de que reciba algún correo de este tipo, no descargue ningún programa ni envíe información y por favor repórtelo a través de los Nuevos servicios por Internet.

viernes, 16 de abril de 2010

SE DEPOSITAN LAS PRIMERAS DEVOLUCIONES DE SALDOS A FAVOR

Los primeros contribuyentes en cumplir correctamente ya comenzaron a recibir su devolución.

En esta primera emisión se autorizaron más de 25,700 devoluciones.

El Servicio de Administración tributaria informa que ya comenzaron las devoluciones de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta, para aquellos contribuyentes que presentaron correctamente la declaración anual del ejercicio 2009, antes del 4 de abril.

En esta primera emisión, que fue posible gracias al uso de los medios electrónicos para la presentación de la declaración y a la mejora de los procesos, se autorizaron más de 25,700 devoluciones. Estos son los resultados obtenidos hasta la fecha, derivados del cumplimiento de esta obligación:

· Se autorizó el pago a más de 25,700 contribuyentes
· El monto de las devoluciones aprobadas equivale a más de 197 millones de pesos
· En promedio la devolución de cada contribuyente es de 7,600 pesos.

Cuando la devolución automática no procede, se debe principalmente por haber errores de identificación, o por presentar datos incorrectos en la declaración.

Tampoco se autoriza cuando hay incongruencias con la información proporcionada por terceros (declaraciones informativas), discrepancia en las deducciones o inconsistencias en la Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) proporcionada por los contribuyentes.

Los contribuyentes pueden consultar en el Portal de Internet del SAT el estado que guarda su devolución o, en caso necesario, la información que le permita corregir cualquier situación que le ocasione el rechazo de la misma.

viernes, 9 de abril de 2010

COMPLEMENTO 3.2.8 PARA EL SUA


a) Ajusta el proceso de diferencias, subsanando reportes, y

b) Amplía el año de pago hasta el 2015 .

Por otro lado, con este complemento se hacen las siguientes adiciones al Sistema:

· Permite guardar los discos de pago en unidad diferente a floppy con el tamaño y formato adecuado para copiarlos a diskette. Con ello se evita que el patrón tenga que realizar nuevamente los cálculos en caso de que el diskette estuviese dañado.

· Incluye una rutina para leer los archivos de pago y enviarlos a Excel, con el detalle de movimientos y cuotas obrero-patronales pagadas por trabajador, así como los datos generales de la empresa.

· Verifica los INPC y recargos hasta febrero de 2010, al iniciar el Sistema, reemplazando los existentes y convirtiéndolos en históricos, con lo cual se evita que los patrones tengan problemas en cálculos con factores erróneos, y

· Revisa los salarios mínimos de las áreas geográficas, al iniciar el Sistema y al entrar en el módulo de Cálculos, informando al patrón si existen diferencias en importes y fechas. Si algún dato es incorrecto, tendrán que verificar de 2005 a 2010, si no bloqueará el cálculo hasta que estos sean los correctos.

Antes de instalar el complemento, el usuario del Sistema debe tener privilegios de Administrador y asegurarse de hacer un respaldo de la información que tiene en el SUA para lo cual tendrá que ubicar la opción Respaldar información en el menú Utilerías de dicho Sistema.

Vigencia: A partir del 30 de marzo de 2010.

Fuente: Instituto Mexicano del Seguro Social