viernes, 14 de mayo de 2010

INCENTIVO A PRODUCTORES DE ALCOHOL


La exención estaría condicionada a:

- LLevar controles físicos de los volúmenes de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables fabricados, producidos o envasados.

- Proporcionar información sobre la producción, enajenación.

- Importación de dichos productos, de los principales clientes y proveedores y de las características de los equipos utilizados para la producción, destilación, envasamiento y almacenaje.

- LLevar contabilidad.

- Estar inscritos en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas.

- Inscribirse al padrón sectorial de exportadores.

· Se deroga el tercer párrafo, del artículo 4o de la LIESPS, que contemplaba el acreditamiento, porque con la exención citada se busca frenar la producción, elaboración y comercialización de los bienes en análisis por personas que se encuentran en la informalidad, ya que los fabricantes de los productos mencionados que cumplan correctamente sus obligaciones fiscales estarían exentos.

Las personas físicas y morales que adquirieron o importaron los bienes mencionados, podrán acreditar el IESPS trasladado o el pagado con motivo de la importación, con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma, con fundamento en el artículo 4o de la LIESPS vigente en ese período (artículo tercero transitorio).

viernes, 7 de mayo de 2010

COMPROBANTE FISCAL DIGITAL EN LINEA (FACTURACIÓN DIGITAL)

El SAT sigue promoviendo los documentos electrónicos fiscales, desde que se público la reforma de 2004 al Código Fiscal de la Federación (CFF) donde menciona que todos los contribuyentes deben de realizar sus declaraciones fiscales mediante su firma electrónica. Hasta las últimas reformas que se centran en el Comprobante Fiscal Digital (CFD) y al nuevo Comprobante Fiscal Digital en Línea (CFDL) (Facturación digital).

Un Comprobante Fiscal Digital, es un mecanismo alternativo de comprobación de ingresos, egresos y propiedad de mercancías en traslado por medios electrónicos, utiliza tecnología digital, maneja estándares de seguridad que garantizan que el comprobante es auténtico, íntegro, único y que será aceptado igual que el comprobante fiscal impreso.

El CFD tiene ciertas características, ventajas y beneficios las cuales son:

CARACTERÍSTICAS:

- Integro: Garantiza que la información contenida queda protegida y no puede ser manipulada o modificada.

- Auténtico: Verificar la identidad del emisor y el receptor del comprobante.

- Verificable: La persona que emita un comprobante fiscal digital, no podrá negar haberlo generado.

- Único: Garantiza no ser violado, falsificado o repetido valida el folio, número de aprobación y vigencia del certificado de sello digital.
VENTAJAS:

- Agiliza la conciliación de la información contable.

- Simplifica el proceso de generación de comprobantes para efectos fiscales.

- A mayor proporción de comprobantes emitidos electrónicamente, mayor ahorro.

- El comprobante puede ser visto rápidamente desde cualquier navegador para internet.

- El almacenamiento de los comprobantes para el emisor es de manera electrónica.

- El almacenamiento de los comprobantes para el receptor es de manera electrónica o en papel.

- Integración automática y segura a su contabilidad.
BENEFICIOS:

- Mejora el servicio al cliente.

- Reduce costos y errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento.

- Mayor control de documental.


El SAT menciona ciertos requisitos para obtenerlo:

- Llevar contabilidad en un sistema electrónico.

- Contar con Firma Electrónica Avanzada "Fiel".

- Haber tramitado al menos un Certificado de Sello Digital.

- Solicitar por lo menos una serie de folios al SAT.

- Cumplir con el estándar tecnológico reconocido por el SAT.

- Utilizar el XSD para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales, según lo publicado en el inciso C del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005.

- Generación y envío del Informe Mensual.