El día 4 de octubre el Gobierno del Distrito Federal a través de la Gaceta Oficial publica una resolución en la que establece apoyar a los propietarios de inmuebles en los que se encuentren ubicados establecimientos mercantiles de hasta 250 metros cuadrados y microindustrias de hasta 500 metros cuadrados, en el cambio de Uso de Suelo.
El beneficio fiscal que se otorga a este tipo de contribuyentes, consiste en eximir del pago del 100% de los derechos por la inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de los cambios de uso del suelo a los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano conforme a lo que establece el artículo 242, tercer párrafo del Código Fiscal del Distrito Federal.
Para estos efectos, el documento oficial establece que los propietarios de los establecimientos mercantiles deberán de acudir las Ventanillas Únicas Delegacionales de la Secretaría de Desarrollo Económico, así como en las Ventanillas Únicas de Gestión Empresarial de la Cámara Nacional de Comercio (CANACO) y de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC) para efectuar los trámites correspondientes.
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